Como ya sabes, en nuestro despacho te podemos ayudar en la tramitación de herencias en Elda. Se trata de un proceso que resulta un tanto tedioso, y especialmente cuando ha fallecido algún familiar. No obstante, conviene saber los pasos que hay que dar para poder cobrar una herencia. Por eso vamos a seguir explicándotelos en esta nueva entrada.
En el post anterior que tratamos sobre ello te hablamos del certificado de defunción y de la determinación de los herederos. Una vez aclarado ese asunto, será necesario llevar a cabo un inventario de los bienes y las deudas que componen la herencia. Los bienes inmuebles se pueden localizar en el registro de la propiedad. Pero habrá que hablar con las entidades bancarias para que certifiquen el saldo del difunto. Los vehículos se pueden comprobar en la Jefatura Provincial de Tráfico.
Cuando se conocen todos los bienes hay que redactar el documento de partición de la herencia, en lo que se conoce como cuaderno particional, que recoge la identificación de los interesados en la herencia, el inventario de bienes y deudas y las adjudicaciones a cada heredero o legatario. Debe firmarse por todos los interesados y puede ser necesario que lo ratifique un notario. La escritura notarial de partición de una herencia será obligatoria cuando en esa herencia haya inmuebles para adjudicar.
Ya solo quedará pagar los impuestos y tomar posesión de los bienes. Es un proceso que puede llevar un tiempo y en el que pueden surgir algunos problemas, por lo que te aconsejamos que hables con expertos en tramitación de herencias en Elda.
Para ello solo tienes que acercarte a Top Asesoría Integral. Además, contamos con expertos en materia fiscal, laboral y contable. Consúltanos cualquier duda que tengas sin compromiso.